Interrupciones publicitarias

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Las películas (pero no las series, los seriales y los documentales) y los programas informativos podrán ser interrumpidos una vez por cada periodo de 30 minutos. En el caso de los programas infantiles, si tienen una duración superior a los 30 minutos, podrán interrumpirse por publicidad una vez por cada período de 30 minutos.

Las retransmisiones de eventos deportivos por televisión únicamente podrán ser interrumpidas por mensajes de publicidad aislados cuando el evento se encuentre parado. En dichas retransmisiones, dispongan de partes autónomas o no, podrán insertarse mensajes publicitarios siempre que permitan seguir el desarrollo del evento.

En el caso de las televisiones públicas, los largometrajes inferiores a 90 minutos de duración no podrán ser parados para emitir publicidad. Si duran más de 90 minutos, entonces podrán ser interrumpidos una sola vez.

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¿Qué hace el CAC?

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