El CAC analiza la información política y las tertulias del mes de septiembre

  • El plan de trabajo se acordó por unanimidad de todos los miembros del Pleno del Consejo

  • Según un informe del Área Jurídica, dada la prevalencia del orden jurisdiccional, el CAC se abstendrá de iniciar actuaciones administrativas sobre los contenidos institucionales y de propaganda del referéndum

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) está realizando un informe sobre la información política y las tertulias de gran parte del mes de septiembre, en respuesta al carácter excepcional que se prevé que tenga el panorama político en este periodo.

Los miembros del CAC aprobaron por unanimidad, en el Pleno del Consejo del 6 de septiembre, un plan de trabajo para analizar el pluralismo político, tanto de la información como de las tertulias.

El periodo que se está analizando es del 11 de septiembre al 3 de octubre de 2017, ambos incluidos. La metodología que se está aplicando en el análisis de la información política es el habitual que se utiliza en los informes mensuales que realiza el CAC. En cuanto a la muestra, el criterio es el mismo que se aplica en los hechos excepcionales.

En concreto, y en cuanto al pluralismo de los programas informativos, los medios que se están analizando son: TV3, Catalunya Ràdio, TVE Catalunya, La 1, Telecinco y Antena 3 TV. En el caso de las televisiones, se analizan sus ediciones de teleinformativos de mediodía y de noche, excepto en el caso de TVE Catalunya, donde se analiza L’informatiu migdia.

En cuanto al análisis de las tertulias, éste se plantea como un ensayo metodológico para una posible sistematización e inclusión dentro del análisis global de pluralismo, tal como solicitó el Parlamento.

Contenidos institucionales y de propaganda del referéndum

Por otra parte, el Pleno del Consejo llevado a cabo hoy, 26 de septiembre, ha aprobado, dada la eventual vulneración de la prohibición derivada del principio non bis in ídem (prevalencia del orden jurisdiccional respecto al administrativo), abstenerse, en este momento, de incoar y tramitar procedimientos administrativos contra los prestadores que emitan contenidos relacionados con el proceso electoral en cuanto al referéndum convocado para el 1 de octubre de 2017. El acuerdo se ha aprobado con 3 votos a favor, 3 en contra y el voto de calidad del presidente.

Este acuerdo se ha tomado de conformidad con el informe del Área Jurídica sobre el análisis del ámbito competencial del CAC en dicho periodo. Este informe también ha sido aprobado por el Pleno del CAC.

En dicho informe se concluye lo siguiente: “Dadas las anteriores consideraciones, sería conveniente que el Consejo, en este momento, evitara la incoación y posterior tramitación de un procedimiento administrativo contra los prestadores de servicios de comunicación audiovisual ubicados dentro de su ámbito competencial que, incumpliendo la advertencia y el apercibimiento efectuado por el TC, notificado por el TSJC, estuvieran emitiendo publicidad o propaganda en relación con el referéndum del 1 de octubre de 2017, dada la eventual vulneración de la prohibición derivada del principio non bis in ídem.”

 

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