El CAC aprueba tres acuerdos en relación con contenidos audiovisuales

El Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), en sesión celebrada el 10 de abril, ha aprobado tres acuerdos relativos a contenidos emitidos por diversos medios y que habían sido motivo de queja por parte de entidades y particulares.

En el primer caso, el Pleno ha aprobado un acuerdo relativo a una noticia sobre una actuación policial realizada en las proximidades del templo de la Sagrada Familia, emitida por TV3 y el Canal 3/24 el 12 de septiembre de 2017. La noticia hacía referencia a la activación de una alerta antiterrorista que obligó a desalojar el templo y varias calles y equipamientos adyacentes.

La actuación del CAC se ha hecho a raíz de una queja presentada por la asociación SOS Racisme Catalunya, en la que señalaba que en las imágenes emitidas se podía observar una furgoneta estacionada, que fue la que originó la alarma, y la detención de su propietario, un joven de origen magrebí. En las imágenes se veía al joven, a quien se podía identificar, conducido por los Mossos y esposado.

El CAC ha constatado que tanto TV3 como el Canal 3/24 rectificaron las informaciones originales y afirmaron que se trataba de una falsa alarma y que no había ninguna persona detenida. Sin embargo, en el caso del Canal 3/24, mientras la presentadora decía que no había ningún detenido, las imágenes mostraban un plano, desde una posición lejana, de una persona esposada y del agente que la custodiaba.

El CAC concluye que la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals, SA (CCMA) se ajustó a los parámetros establecidos por la normativa de protección del derecho a la propia imagen y, en consecuencia, no se produjo una vulneración de la legislación en materia de comunicación audiovisual. No obstante, según el acuerdo, la emisión de la noticia no observó las recomendaciones dirigidas a los profesionales de la información audiovisual sobre el tratamiento informativo de la inmigración.  

En un segundo punto, el acuerdo del CAC recuerda a la CCMA la necesidad de tener cuidado de no aplicar recursos audiovisuales, como el zoom, que puedan conllevar el reconocimiento, aunque sólo sea en un círculo cercano, de personas afectadas y/o implicadas en la investigación de acontecimientos de especial sensibilización para la opinión pública.

El Acuerdo 35/2018 se ha aprobado por unanimidad.

Rueda de prensa de Albert Boadella

En el segundo caso, el Pleno del CAC ha aprobado un Acuerdo relativo a la emisión de una rueda de prensa de Albert Boadella en el programa La mañana en 24H, del Canal 24H, de la Corporación Radio y Televisión Española, SA, el 6 de febrero. En este caso, el CAC actuó de oficio, si bien posteriormente entraron dos quejas de particulares.

Las quejas, entre otros aspectos, criticaban que se cortara una rueda de prensa del ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, quien informaba de un nuevo servicio de trenes de alta velocidad a bajo coste (información “de servicio público” según uno de los escritos de la queja), para dar paso a la rueda de prensa “de un actor que habla en nombre de una comunidad ficticia”.

También se consideraba “muy grave que el teleinformativo de una televisión pública se refiera al señor Boadella como Presidente de Tabarnia”, “ya que ni ha sido elegido democráticamente ni existe Tabarnia”.

El análisis llevado a cabo por el CAC, según el acuerdo, ha constatado que el programa La mañana en 24H incluyó 5 chyrons –rótulo que se sobreimprime en pantalla para identificar a las personas– y 1 voz en off que hacían referencia a Boadella como presidente de Tabarnia, sin más aclaración o consideración; 2 chyrons y 5 voces en off, donde se le presenta como portavoz o presidente de la plataforma Tabarnia; y 3 chyrons y 8 voces en off en el que se califica a Tabarnia de plataforma.

Según el Acuerdo, esta terminología puede generar confusión, dado que se presenta a un personaje público, Albert Boadella, como un cargo público constituido, cuando no lo es, y a Tabarnia, como una entidad formal, cuando esa no es su naturaleza. En este sentido, se constata una falta de cuidado en la aplicación del rigor que es exigible a un canal público de información.

En consecuencia, el CAC considera que en dicho programa hay contenidos que son susceptibles de generar confusión en los telespectadores y que podrían no ajustarse a los criterios y pautas de actuación establecidos tanto en el mandato marco de la Corporación RTVE, como en el Estatuto de la información de la Corporación RTVE y en las recomendaciones de su Manual de estilo.

De acuerdo con la normativa vigente, el CAC acuerda remitir el Acuerdo a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a los efectos oportunos.

El Acuerdo 34/2018 ha sido aprobado con cinco votos a favor y uno en contra con voto particular.

Violencia machista

En el tercer caso, el Pleno ha aprobado un Acuerdo relativo al debate “Agressors sexuals: és possible la reinserció?” correspondiente al programa Ara i aquí emitido el 13 de enero por el prestador público Corporación RTVE, SA, en la desconexión para Cataluña.  

La actuación del CAC se ha llevado a cabo a raíz de la presentación de una queja remitida desde la Plataforma Unitaria contra las Violencias de Género, en la que manifestaba que el programa silenció la voz de las víctimas, les cargó la responsabilidad en las agresiones sexuales y frivolizó sobre la cuestión debatida.

El CAC, una vez analizado el espacio en cuestión, concluye que se constata que en el tratamiento de la violencia machista se aprecia que algunos de los elementos emitidos podrían contribuir a la banalización y la espectacularización, contraviniendo, en este sentido, tanto el Manual de Estilo de la Corporación RTVE como las Recomendaciones sobre el tratamiento de la violencia machista en los medios de comunicación del CAC.

En consecuencia, el CAC recomienda a la Corporación RTVE, SA, que tenga cuidado en el seguimiento de los dos textos mencionados. El Acuerdo 36/2018 se ha aprobado con cinco votos a favor y una abstención.

Acuerdo 34/2018 de aprobación del Informe 20/2018, de 12 de marzo, del Área de Contenidos, sobre el análisis de la emisión de la rueda de prensa de Albert Boadella en La mañana en 24H (Canal 24H) del 6 de febrero de 2018

Voto particular al Acuerdo 34/2018

Acord 35/2018 sobre l’anàlisi d’una notícia sobre una actuació policial a les proximitats de la Sagrada Família, emesa per TV3 i el Canal 3/24, el 12 de setembre de 2017

Acuerdo 36/2018 sobre el análisis del debate “Agressors sexuals: és possible la reinserció?” en el programa Ara i Aquí del prestador del servicio público estatal de comunicación audiovisual Corporación RTVE, SA, en la desconexión para Cataluña con nombre

 

 

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