El CAC considera que las referencias hechas en el programa El matí de Catalunya Ràdio sobre movimientos de vehículos policiales no vulneraron la normativa
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El Consejo concluye que los datos difundidos por el programa no se refirieron a ninguna actuación policial concreta, por lo que no puede inferirse que interfirieran las actuaciones de los cuerpos de seguridad
El Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) ha aprobado en la sesión llevada a cabo hoy, 18 de octubre, un acuerdo por el que las referencias hechas por el programa El matí de Catalunya Ràdio sobre movimientos de vehículos policiales en las carreteras y autopistas catalanas no vulneraron la normativa.
La actuación del CAC se ha iniciado a raíz de una solicitud de análisis presentada por dos miembros del organismo sobre las manifestaciones hechas por la conductora de dicho programa.
La petición pedía analizar si las manifestaciones de la periodista vulneraban o no el Libro de estilo de la CCMA, tanto con respecto a una supuesta interferencia en la labor policial, como a un supuesto efecto de imitación.
En cuanto a la primera cuestión, el Acuerdo del CAC señala que los contenidos analizados se contextualizan en la actualidad política en el marco de un espacio informativo, no relacionan los desplazamientos con ninguna operación policial concreta, por lo que no puede inferirse la existencia de interferencias en las actuaciones de los cuerpos de seguridad, y se dirigen explícitamente a colectivos profesionales como taxistas o transportistas y, por lo tanto, a personas que por razón de su profesión circulan por vías de comunicación en Cataluña.
En cuanto al supuesto efecto imitación, el Acuerdo concluye que, de acuerdo con la redacción del Libro de estilo de la CCMA, hay que hacer referencia a las figuras penales de la proposición, la provocación y la inducción a cometer delitos, previstas en el Código penal.
Según el Acuerdo del CAC, los contenidos emitidos por Catalunya Ràdio no reúnen ninguno de los elementos que configuran las tres conductas penales descritas anteriormente.
Dos de los miembros del Consejo se han inhibido voluntariamente de la votación por considerar, estos miembros, que la petición de análisis que habían formulado podía prejuzgar una toma de posición previa sobre el asunto. Por otra parte, un informe del Área Jurídica, que analizaba una queja formulada por el Colegio de Periodistas que denunciaba falta de imparcialidad de otro miembro del Consejo, considera que dicho miembro debía abstenerse. Como consecuencia de dicho informe jurídico, el miembro se ha abstenido de participar en la votación. Los tres miembros restantes han votado a favor del Acuerdo.