El CAC aprueba tres acuerdos en relación con contenidos audiovisuales

El Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), en sesión celebrada el 12 de junio, ha aprobado tres acuerdos relativos a contenidos emitidos por diversos medios. En un caso el CAC ha actuado de oficio, mientras que en los otros dos ha iniciado las actuaciones a raíz de la presentación de quejas.

Es la mañana de Federico

En el primer caso, el Pleno del CAC ha aprobado un acuerdo relativo a las declaraciones del periodista Federico Jiménez Losantos, difundidas el 6 de abril por esRadio, en las que proponía acciones violentas contra personas de nacionalidad alemana. En concreto, el periodista dijo que en las Baleares hay 200.000 alemanes como rehenes y que podrían empezar a estallar cervecerías al land de Baviera.

Según el acuerdo, las declaraciones podrían catalogarse como incitadoras al odio y, en consecuencia, como manifestaciones que podrían vulnerar el artículo 4.2 de la LGCA, conducta que, de conformidad con el artículo 57.1 de dicha ley, eventualmente podría calificarse como infracción muy grave.

El acuerdo añade que, según la normativa, hay que remitir tanto el acuerdo como el informe de contenidos a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a los efectos oportunos.

La actuación del CAC se inició de oficio. Las declaraciones se hicieron en la sección “Federico a las 8” del programa Es la mañana de Federico, que es una sección diaria que trata sobre temas de actualidad.

Las declaraciones fueron hechas en el contexto de la noticia relativa a la resolución del Tribunal Superior del Estado federal de Schleswig-Holstein, que no admitió la imputación del delito de rebelión a Carles Puigdemont. Entre otros aspectos, el director y presentador del programa:

  1. Afirmó que los asesinatos cometidos en el pasado por la banda terrorista GAL “funcionaron extraordinariamente bien” para influir en la justicia de un tercer Estado.
     
  2. Propuso explícitamente y de manera enfática (“Pero usted qué propone, ¿una acción? ¡Naturalmente!”) dos acciones violentas, que califica de “fechorías”, contra personas de una nacionalidad concreta, la alemana:
  • La toma (sin determinar cómo ni con qué finalidad) como rehenes de la población alemana residente en Baleares.
     
  • Explosiones en cervecerías de Baviera.

Asimismo, afirmó que en Alemania existe “racismo” respecto a España y calificó de “nazirojo” al juez alemán del Tribunal Superior.

Se trata, pues, de unos mensajes emitidos por el director de un medio de comunicación multicanal con difusión en diversas comunidades autónomas del Estado español, que propone explícitamente acciones de violencia contra personas por razón de la pertenencia a un colectivo social, que en este caso se define por la nacionalidad.

Según el acuerdo, son manifestaciones que, por sí mismas, contienen un mensaje de odio que sería contrario a la convivencia, dado que tendrían por finalidad desencadenar un reflejo emocional de hostilidad hacia Alemania y sus ciudadanos, incitando al odio contra ellos proponiendo la realización de acciones violentas y, por lo tanto, incitando a esa violencia.

Unas acciones que justifica, dados los resultados obtenidos mediante los métodos utilizados por una banda terrorista.

En este sentido, el acuerdo concluye que las manifestaciones realizadas por el conductor y director del programa Es la mañana de Federico, el 6 de abril de 2018, en la sección “Federico a las 8”, podrían catalogarse como incitadoras al odio y, en consecuencia, como manifestaciones que podrían vulnerar el artículo 4.2 de la LGCA, conducta que, de conformidad con el artículo 57.1 de dicha ley, eventualmente podría calificarse como infracción muy grave.

El acuerdo se ha aprobado con 5 votos a favor y 1 en contra, con la presentación de un voto particular.

“La portada” del programa El matí de Catalunya Ràdio

En el segundo caso, el Pleno del CAC ha aprobado un acuerdo relativo a las declaraciones que la directora y presentadora del programa El matí de Catalunya RàdioMònica Terribas, hizo en la sección “La portada” del 26 de marzo, al día siguiente de la detención por parte de la policía alemana de Carles Puigdemont.

La actuación del CAC se inició a raíz de la presentación de varias quejas, todas idénticas.

El análisis realizado por el CAC muestra que en el espacio “La portada”, Terribas aportó una serie de referencias informativas sobre la actualidad del día que incorporaban elementos valorativos, tanto en la elección del tema objeto de la sección (la detención de Carles Puigdemont el día anterior y las movilizaciones de una parte de la ciudadanía) como en la presentación de hechos contextuales (las referencias a otras causas judiciales). El espacio también abordó las oportunidades de diálogo, la división ciudadana en Cataluña y la llamada a la no-violencia.

El acuerdo considera que hay que encuadrar dicho espacio dentro de la categoría de sumarios radiofónicos, siguiendo la definición que hace el libro de estilo de la CCMA, dado que hace una selección de los temas de actualidad del día, desde una vertiente personal que incorpora elementos valorativos. El análisis de contenidos precisa que de los contenidos de la sección no se desprende una toma de posicionamiento del programa, de modo que no se introduce elemento alguno que pueda contravenir la imparcialidad, la neutralidad y el pluralismo informativo.

El acuerdo concluye, en un primer punto, que se constata que del análisis de la sección “La portada” del programa El matí de Catalunya Ràdio del 26 de marzo no se aprecia la introducción de elemento alguno que pueda contravenir el pluralismo informativo.

En un segundo punto, añade que, sin embargo, también se constata que presentó diversos elementos valorativos de carácter personal. En este sentido, se recuerda a la CCMA la importancia de ceñirse escrupulosamente a las previsiones del libro de estilo y de delimitar claramente los elementos que son interpretaciones o valoraciones profesionales de las opiniones personales.

El acuerdo se ha aprobado con 5 votos a favor y 1 en contra, con la presentación de un voto particular.

El uso del término exili en diferentes programas de TV3

En el tercer caso, el Pleno del CAC ha aprobado un acuerdo en relación con el uso del término exili en diferentes programas de TV3 que el 23 de marzo informaron sobre la situación en que se encuentra la secretaria general de Esquerra Republicana de Catalunya, Marta Rovira, y también de miembros del Govern de la Generalitat cesados.

La actuación del CAC se ha iniciado a raíz de la recepción de varias quejas, todas con el mismo contenido.

El acuerdo del CAC señala que según el diccionario del Institut d’Estudis Catalans (IEC), exili es, en su primera acepción, ‘expatriació, voluntària o forçosa, especialment per motius polítics’. Igualmente, el diccionario de la Real Academia Española (RAE) define exilio de la siguiente manera:

  • ‘Separación de una persona de la tierra en que vive.’(primera acepción)
     
  • ‘Expatriación, generalmente por motivos políticos.’ (segunda acepción)

Según el acuerdo, los casos en los que miembros del equipo de los programas de TV3 incorporan el término exili en su discurso se refieren a personas en situación de expatriación (Marta Rovira y algunos miembros del Govern cesados), sin determinar el carácter voluntario o forzoso y sin establecer una relación con los motivos, políticos o no, de dicha expatriación. Añade que, en todos los supuestos, el uso del término exili encaja en las definiciones que incluyen los diccionarios del Institut d’Estudis Catalans y de la Real Academia Española.

El acuerdo del CAC concluye, en un primer punto, que se constata que el uso del concepto exili no contraviene los principios de veracidad y rigor informativo ni los de imparcialidad, neutralidad y pluralismo de la información y, por lo tanto, se ajusta a los epígrafes correspondientes del libro de estilo de la CCMA.

En un segundo punto, el acuerdo señala que se aprecia que también están utilizándose otras fórmulas de la narración periodística para referirse a ese mismo concepto.

El acuerdo se ha aprobado con tres votos a favor, tres en contra y el voto de calidad del presidente, y con la presentación de votos particulares de tres miembros.

Acuerdo 56/2018 sobre el análisis de los contenidos emitidos en la sección “Federico a las 8” del programa Es la mañana de Federico, el 6 de abril de 2018

Voto particular en relación al acuerdo 56/2018

Acord 57/2018 sobre l’anàlisi de la secció “La portada” del programa El matí de Catalunya Ràdio, emès per Catalunya Ràdio el 26 de març de 2018

Vot particular en relació a l’acord 57/2018

Acord 58/2018 sobre l’anàlisi de l’ús del terme exili en diferents programes de TV3

Vot particular en relació a l’acord 58/2018

Vot particular en relació a l’acord 58/2018

Documentos adjuntos