El CAC considera que Telecinco difundió datos que permitían identificar a una menor presunta autora de la muerte de su madre

  • Los programas Informativos Noche y El  programa de Ana Rosa difundieron el nombre completo y la fotografía de la madre, y el nombre de pila de la menor y su edad, así como imágenes del domicilio y del centro escolar
     
  • La normativa prohíbe a las televisiones difundir el nombre, la imagen y otros datos que permitan identificar a los menores que aparecen o pueden aparecer como víctimas, testigos o inculpados con relación a la comisión de acciones ilegales
     
  • El CAC ha llevado a cabo un total de 10 actuaciones sobre la protección de la identidad de los menores: 3 recomendaciones y 7 acuerdos

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) considera que Telecinco difundió datos que podrían posibilitar la identificación de una menor de edad presunta autora de la muerte de su madre en Banyoles. La cadena, que emitió las informaciones los días 10 y 11 de enero, hizo público el nombre completo y la fotografía  de la madre, y el nombre de pila de la menor y su edad, así como imágenes del domicilio y del centro escolar.

El CAC considera que estos elementos informativos pueden suponer una intromisión ilegítima prohibida por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña, y la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual.

De acuerdo con la normativa en cuanto al ámbito competencial del CAC, el acuerdo se ha remitido, junto con el informe de Contenidos, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para que adopte, si procede, las medidas oportunas.

El CAC ha adoptado dicho acuerdo en el Pleno celebrado el 30 de abril. La actuación del Consejo se inició a raíz de la presentación de un escrito del Síndic de Greuges de Cataluña, registrado el 25 de enero.

La denuncia del Síndic señalaba que se habían difundido datos personales de una menor involucrada presuntamente en un hecho delictivo, así como datos relativos a su adopción, a su país de origen y a su estado mental, así como al hecho de que había intentado cometer suicidio. El Síndic destacaba que estos datos permitían su identificación, especialmente en un municipio como Banyoles, dado su volumen de población.

Las informaciones fueron emitidas los días 10 y 11 de enero en el programa Informativos Noche, así como, en las mismas fechas, en El programa de Ana Rosa.

El análisis realizado por el CAC muestra, en cuanto a la identificación de la menor de edad, que ninguno de los dos programas aportó un elemento de identificación directa, pero, en cambio, sí que aportaron datos que permitirían su identificación en entornos cercanos: nombre de la menor y su edad; imágenes del domicilio y del centro escolar de la menor de edad; imágenes y nombre y apellido de la madre; y vínculo de filiación.

En cuanto al tratamiento informativo de la adopción, El programa de Ana Rosa citó repetidamente el vínculo de filiación de la menor de edad en el contexto del relato de un crimen, de modo que podría establecerse una relación implícita de causa-efecto entre este vínculo y el comportamiento de la menor.  

En cuanto al tratamiento informativo de la salud mental, El programa de Ana Rosa estableció, reiteradamente, una relación entre la salud mental de la menor de edad y la conducta violenta que se le atribuye. Por su parte, Informativos Noche estableció, ocasionalmente, una relación entre la salud mental de la menor de edad y la conducta violenta que se le atribuye.

Normativa sobre privacidad de los menores

El acuerdo del CAC señala que es clara la prohibición que afecta a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de no difundir el nombre, la imagen u otros datos que permitan la identificación de los menores, en el “contexto” de hechos delictivos.

Concretamente, en el artículo 81.1 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña, se determina que “Los prestadores de servicios de comunicación audiovisual no pueden difundir el nombre, la imagen ni otros datos que permitan identificar a los menores en los casos en que, con el consentimiento o sin el consentimiento de sus padres o tutores, puedan quedar afectados su honor, intimidad o imagen, y de modo particular si aparecen o pueden aparecer como víctimas, testimonios o inculpados con relación a la comisión de acciones ilegales. Tampoco pueden divulgarse los datos relativos a la filiación de niños y adolescentes acogidos o adoptados”.

En cuanto a los datos sobre la adopción de la menor de edad, el acuerdo recuerda las Consideraciones sobre el tratamiento informativo de la adopción, aprobadas por el CAC en 2013, en las que se plantea la necesidad de evitar las informaciones que discriminen a los niños entre hijos biológicos o adoptados, así como las que establezcan relaciones de causa-efecto entre su comportamiento y su vínculo de filiación.

En relación con los datos sobre el estado mental de la menor de edad, el acuerdo recuerda las Recomendaciones sobre el tratamiento informativo de la salud mental en los medios audiovisuales, aprobadas por el CAC en 2015, que destacan la importancia de informar sobre salud mental empleando las expresiones adecuadas y evitando el sensacionalismo.

Actuaciones del CAC sobre la protección de la identidad de los menores de edad

En relación con la protección de la identidad de los menores de edad, el CAC ha elaborado tres recomendaciones y ha aprobado siete acuerdos, incluido el último sobre Banyoles.

Las recomendaciones son las siguientes:

En cuanto a los acuerdos, el CAC aprobó un acuerdo sobre el tratamiento de las informaciones emitidas el 16 de marzo de 2018 sobre el asesinato de un niño en Níjar (Almería). El acuerdo recordaba a la CCMA que hay que extremar el cuidado en el tratamiento de los temas especialmente sensibles.

Previamente, aprobó otro acuerdo sobre el tratamiento informativo de los atentados terroristas en Barcelona y Cambrils (17 y 18 agosto de 2017, respectivamente) en cuanto a la difusión de imágenes y datos de menores víctimas de los ataques. El informe del CAC constató que varios medios (RAC1, La1, TVE Catalunya, Canal 24 horas, Telecinco y Antena 3 TV) hicieron referencias a personas menores de edad identificables. En cambio, TV3, 3/24, Catalunya Ràdio, Catalunya Informació y 8tv no emitieron ni imágenes ni comentario alguno.

También aprobó un acuerdo sobre una entrevista emitida el 29 de noviembre de 2016 por Ràdio Palamòs sobre el caso de una menor de edad tutelada, de la que se facilitaban datos personales. El acuerdo requirió al Ayuntamiento de Palamòs, como titular de Ràdio Palamòs, que retirara el programa de su web y le recordó que hay que extremar el cuidado en el tratamiento informativo relativo a niños en situación de vulnerabilidad.

Igualmente, el CAC aprobó un acuerdo sobre el tratamiento, por parte de Antena 3 TV y de Telecinco, de una agresión mortal sucedida en el Institut Joan Fuster de Barcelona, de la que se aportaban datos que podían permitir la identificación del presunto agresor y de los testigos, todos ellos menores de edad. El acuerdo se trasladó a la CNMC, para que adoptara las medidas que considerara oportunas.

El CAC también aprobó un acuerdo sobre las informaciones sobre la Via Catalana cap a la Independència emitidas por Televisió de Catalunya durante el informativo InfoK del canal Super3 el 12 de septiembre de 2013, en relación con las entrevistas hechas a menores de edad que participaban en el acontecimiento. El CAC concluyó que no se apreciaba una vulneración del marco normativo que ampara los derechos de la personalidad jurídica del menor.

Y finalmente, el CAC aprobó un acuerdo sobre la emisión por parte de Cuatro del programa Callejeros, en relación con los menores en situación de riesgo. El acuerdo señalaba que, pese a que se habían utilizado sistemas de ocultación de identidad, había una serie de elementos que facilitaban la identificación de los menores. El acuerdo se remitió a la CNMC para que adoptara las medidas que considerara oportunas, especialmente la retirada del programa de la web de la cadena.

Acuerdo 45/2019 sobre las informaciones emitidas por Telecinco en relación con la muerte en Banyoles de una mujer presuntamente a manos de su hija menor de edad

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