El CAC recuerda a TV3 la necesidad de contextualizar y extremar el cuidado en las informaciones sobre terapias alternativas
- El programa Sense ficció emitió un documental que narra la experiencia de un joven de 21 años con cáncer que eligió seguir terapias alternativas
- Por otra parte, el CAC considera que las manifestaciones expresadas en la sección “Bon dia de merda” del programa El matí de Catalunya Ràdio del 19 de marzo se efectúan en el marco de un espacio dedicado al humor y se sitúan en el ámbito del ejercicio del derecho a la libertad de expresión, sin que supongan ninguna vulneración del libro de estilo de la CCMA ni de la normativa
El Pleno del CAC, en sesión mantenida el 5 de mayo, ha aprobado un acuerdo que recuerda a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) la necesidad de extremar el cuidado en el tratamiento de aquellas cuestiones que pueden afectar a la salud de las personas y de aportar elementos que permitan a la audiencia una interpretación informada, respetando las subjetividades de la autoría de las obras audiovisuales.
El CAC hace referencia a la emisión en el programa Sense ficció, de TV3, de un documental, Pilots, que narra la experiencia de un jugador de balonmano a quien diagnosticaron un cáncer a los 16 años y que a los 21, con la aparición de un tercer tumor de mal pronóstico, elegía vías alternativas a las de la medicina científica.
El programa Sense ficció emitió el 6 de abril dos documentales: el mencionado Pilots y, a continuación, el documental Jim Allison: L’èxit de la ciència, que se ocupa de la investigación médica científica en materia del cáncer.
El CAC actuó a raíz de la recepción de varias quejas sobre el primero de los documentales. En las quejas se criticaba la presentación de una experiencia personal que alimenta la pseudociencia y las terapias alternativas para el tratamiento del cáncer, sin un contrapunto médico autorizado.
En el documental, el joven manifestaba que la curación del cáncer está en la actitud y afirmaba que superó el segundo cáncer prescindiendo de la quimioterapia y gracias a una dieta proporcionada por una “nutricionista”. También expresaba un discurso favorable al consumo de MMS (Miracle Mineral Solution), un producto no autorizado para uso médico. El documental también describía cómo su blog Vivir a contracorriente difundió su postura y también cómo sus contenidos se viralizaron a través de las redes sociales.
Por otra parte, en dos secuencias, en Pilots se hablaba, a través de la voz de médicos, de la conveniencia de seguir un tratamiento de quimioterapia y se expresaba el rechazo explícito a la eficacia de los supuestos tratamientos curativos a los que se ha hecho mención.
El CAC concluye que el documental Pilots relataba una experiencia personal en relación con el cáncer y que el resultado es que se mostraban la opción preferente de esta persona por supuestos tratamientos diferentes a los de la medicina científica y, únicamente de forma secundaria, el posicionamiento de los médicos.
El acuerdo señala también que la presentación de Pilots por parte de la directora del programa, previa a la emisión, no contenía ningún elemento que contextualizara el discurso predominante en el documental.
Según el CAC, la falta de explicitación del contexto y de la naturaleza del documental Pilots puede llevar a confusión a la audiencia sobre el objeto y la trascendencia de las afirmaciones y los posicionamientos que en él se defienden, en aspectos que pueden afectar a la salud de las personas.
El acuerdo del CAC se ha adoptado por unanimidad.
Sección “Bon dia de merda” del programa El matí de Catalunya Ràdio
Por otra parte, en la misma sesión, el Pleno del Consejo ha aprobado otro acuerdo sobre las manifestaciones expresadas en la sección “Bon dia de merda” del programa El matí de Catalunya Ràdio.
El acuerdo del CAC constató que las declaraciones se efectuaron en el marco de un espacio dedicado al humor y que se situaron en el ámbito del ejercicio del derecho a la libertad de expresión, sin que supongan vulneración de las previsiones del manual de uso del libro de estilo de la CCMA sobre los contenidos de humor, ni de la normativa audiovisual aplicable.
El CAC, que actuó de oficio, analizó la emisión de dicha sección, correspondiente al 19 de marzo, en la que el responsable, Jair Domínguez, comentaba un vídeo en el que una persona situada en Dublín pedía a la gente que se encontraba por la calle si estaban dispuestos a morir por Irlanda. Domínguez se preguntaba sobre la eventualidad de que esta pregunta se hiciera en el caso de Cataluña. Su comentario fue que si le hicieran la pregunta a él mismo, lo que haría sería huir del país rápidamente. Añadió que, dado que la gente que tiene cargos de responsabilidad son funcionarios atemorizados pendientes de las órdenes de La Moncloa, se puede estar tranquilo porque de momento nadie pedirá ningún sacrificio a la gente.
El CAC señala que la sección “Bon dia de merda” se identifica explícitamente de forma separada del resto del programa, puesto que se inicia con sintonía propia, tiene un patrocinador propio y la conductora de El matí de Catalunya Ràdio le da paso. El acuerdo añade que se trata de una sección humorística que utiliza un lenguaje informal, empezando por el propio título de la sección y que el autor usa varios recursos como la contradicción, la hipérbole o la ironía.
En este contexto, conviene recordar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha definido, reiteradamente, el tratamiento humorístico como “[...] una forma de expresión artística y crítica social que, con un contenido inherente de exageración y distorsión de la realidad, persigue, naturalmente, la provocación y la agitación [...]” (SSTEDH Vereinigung Bildender Künstler c. Austria, de 25 enero de 2007, y Alves da Silva c. Portugal, de 20 de octubre de 2009).
En la misma línea, el Tribunal Supremo afirma que “[...] el tratamiento humorístico o sarcástico de los acontecimientos que interesan a la sociedad constituye una forma de comunicación y crítica de los acontecimientos que está ligada al ejercicio de la libertad de expresión, como forma de comunicación de ideas u opiniones, e incluso al de la libertad de información, en la medida que el tratamiento humorístico puede constituir una forma de transmitir el conocimiento de determinados acontecimientos buscando la atención sobre aspectos de ser susceptibles de ser destacados mediante la ironía, el sarcasmo o la burla [...]”. Para todas, SSTS de 29 de diciembre de 2010; 20 de julio de 2011, y 17 de diciembre de 2012.
El CAC concluye que tanto el contexto de emisión más inmediato como los recursos formales empleados en el discurso, muestran que el propósito comunicativo de los contenidos analizados es el humor. En este contexto, los contenidos emitidos no pueden ser interpretados como perpetuadores de actitudes y roles discriminatorios o como enaltecimiento de conductas con consecuencias negativas para la persona y la sociedad.
El acuerdo ha sido aprobado por tres votos a favor, dos de ellos concurrentes, y un voto en contra con voto particular.
Vot particular concurrent a l’Acord 41/2021
Vot particular concurrent a l’Acord 41/2021
Vot particular a l’Acord 41/2021